El documento, fechado el 8 de octubre de 2026, fue remitido por el Juzgado Penal Económico N.º 3, en el marco del expediente CPE 1051/2024, identificado como “COMPUDECK y otros s/infracción ley 22.415, infracción art. 303 del C.P. e infracción ley 24.769”.
La causa hace referencia a posibles infracciones al Código Aduanero, al artículo 303 del Código Penal, vinculado con el lavado de activos, y al régimen penal tributario.
Sin embargo, corresponde aclarar que el oficio conocido no permite establecer por sí solo la responsabilidad penal de la concejal ni acredita una imputación concreta por estafa.
¿QUÉ LE PIDE LA JUSTICIA AL CONCEJO DELIBERANTE?En la comunicación judicial se intima al HCD a informar, dentro de las 48 horas de recibido el oficio, si Norma Noemí Gómez se desempeña actualmente como concejal del distrito y desde qué fecha ejerce sus funciones.
Pero el requerimiento va más allá. También solicita los recibos de haberes correspondientes a los últimos seis meses, con el detalle de las sumas brutas y netas percibidas, además de la identificación de la cuenta bancaria donde se acreditan esos ingresos.
Otro dato relevante es que no se trata de una primera comunicación. El documento señala expresamente que constituye una reiteración de un requerimiento enviado el 28 de septiembre de 2026.
Asimismo, se autoriza a la División de Lavado de Activos de la Policía Federal Argentina a diligenciar el oficio.
¿QUÉ PASARÁ CON LA BANCA DE NORMA GÓMEZ?La situación también abre un interrogante dentro del ámbito político local.
Norma Noemí Gómez llegó al Concejo Deliberante en reemplazo de Natalia Soledad Paz, quien fue electa concejal por La Libertad Avanza en las elecciones legislativas de septiembre de 2025 y actualmente se encuentra de licencia.
Según el escrutinio definitivo de la Junta Electoral bonaerense, Gómez figura como primera suplente de la fuerza libertaria, seguida por Héctor Alejandro Portorreal y Lilian Antonella Prieto.
En este escenario, surgen varias preguntas: ¿podría Gómez solicitar una licencia mientras continúa el proceso judicial? ¿Existen elementos para que el Concejo evalúe alguna medida institucional? ¿Quién ocuparía su lugar si dejara de ejercer la banca?
Si Natalia Paz decidiera finalizar su licencia, podría reincorporarse a su banca como concejal titular.
En cambio, si Gómez dejara de ejercer el reemplazo mientras Paz continuara de licencia, el orden electoral ubica a Héctor Alejandro Portorreal como el siguiente suplente.
No obstante, la normativa provincial sobre paridad de género y los antecedentes judiciales en materia de reemplazos legislativos también podrían abrir una discusión sobre la eventual incorporación de Lilian Antonella Prieto.
La definición dependerá de la situación administrativa de la banca, de las normas aplicables y de las decisiones institucionales correspondientes.
¿PUEDE EL HCD SUSPENDER O DESTITUIR A UNA CONCEJAL?La Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires establece procedimientos y condiciones específicas para la suspensión o destitución de concejales.
La existencia de un oficio judicial, por sí sola, no constituye una causal automática para apartar a una representante de su cargo.
El artículo 255 contempla, entre otros supuestos, la destitución ante una sentencia condenatoria firme por delito doloso y la suspensión preventiva de pleno derecho cuando se cumplen determinadas condiciones judiciales.
También prevé procedimientos especiales para otras causales legalmente establecidas.
Por el momento, la documentación conocida no permite afirmar que se hayan reunido esas condiciones.
UN CASO QUE ABRE INTERROGANTES EN LA POLÍTICA LOCALMás allá del desarrollo de la investigación judicial, el caso plantea preguntas que deberán encontrar respuestas.
¿El Concejo Deliberante respondió al primer requerimiento enviado el 28 de septiembre? ¿Ya remitió la documentación solicitada en la reiteración de octubre? ¿Qué explicación brindará la concejal sobre su situación judicial? ¿Se producirá algún pedido de licencia o continuará desempeñando normalmente sus funciones?
Será importante conocer también la posición de los diferentes bloques políticos y la eventual existencia de resoluciones judiciales posteriores.
Mientras tanto, debe preservarse el principio de inocencia y distinguirse entre una investigación, un pedido de información judicial y una responsabilidad penal acreditada.
Lo cierto es que un documento proveniente de la Justicia Federal ya forma parte de un tema de indudable interés institucional en Presidente Perón.
Ahora habrá que observar cómo evoluciona el expediente y qué decisiones adopta el cuerpo legislativo ante esta situación.
Omar Hernández – Enfoque de Noticias